Fiscalidad
Darse de alta como autónomo en 2026: guía paso a paso
Cómo darte de alta como autónomo en España: modelos 037 y TA.0521, epígrafes IAE, tarifa plana, ROI intracomunitario. Plazos y errores típicos.
Darse de alta como autónomo en España requiere dos trámites separados en el mismo día. Uno fiscal ante la Agencia Tributaria (AEAT) y otro de cotización ante la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS).
Esta guía describe los pasos, los errores que más complican el inicio, y los beneficios que se pueden perder por no marcar la casilla correcta.
Resumen del proceso
| Paso | Trámite | Organismo | Documento |
|---|---|---|---|
| 1 | Alta censal | AEAT | Modelo 036 o 037 |
| 2 | Alta en RETA | TGSS | Modelo TA.0521 |
| 3 (opcional) | Alta en ROI | AEAT | Casilla 130 del 036 |
| 4 (opcional) | Solicitud tarifa plana | TGSS | Marcado en TA.0521 |
Los trámites 1 y 2 son obligatorios. Los 3 y 4 son recomendables si encajan en tu caso.
Paso 1: Alta censal en AEAT (modelo 036 o 037)
El censo es lo primero. Indica a Hacienda que vas a iniciar actividad económica.
¿037 o 036?
- Modelo 037 (simplificado): si eres persona física residente en España, sin establecimientos permanentes en el extranjero, ni socios extranjeros. Es el caso del 95% de autónomos.
- Modelo 036 (completo): para sociedades, casos complejos, no residentes, u opciones avanzadas no disponibles en 037.
Para casi todos los autónomos individuales en estimación directa, usa el 037.
Datos clave a rellenar
- NIF (DNI español o NIE).
- Domicilio fiscal: tu vivienda habitual o despacho.
- Domicilio de actividad: si trabajas desde casa, mismo que el fiscal.
- Fecha de inicio: el día que empezarás a facturar. NO retroactivo.
- Epígrafe IAE: clasificación de tu actividad.
- Régimen IVA: General (default profesionales) o exento (medicina, educación reglada).
- Régimen IRPF: Estimación directa (normal o simplificada). Módulos solo sectores específicos.
- Obligaciones periódicas: marcas casillas según actividad (modelo 130, 303, 111 si tienes empleados).
Epígrafe IAE
El Impuesto de Actividades Económicas clasifica tu actividad:
- Empresariales (5XX, 6XX): comercio, hostelería, servicios no profesionales.
- Profesionales (7XX, 8XX): consultoría, abogacía, medicina, dev freelance.
Ejemplos:
- Dev freelance → 763 (Servicios informáticos).
- Diseñador gráfico → 826 o 861.
- Abogado → 731.
- Restaurante → 671 (empresarial).
- Médico → 832 (profesional).
El epígrafe determina régimen IRPF, retención aplicable y bonificaciones. Si dudas, consulta gestoría antes de presentar.
Casillas críticas que MUCHOS olvidan
- Casilla 130: Solicitud alta ROI (operaciones intracomunitarias). Marca si vas a facturar a empresas UE.
- Casilla 119: Aplicación tipo IRPF 7%. Marca si eres profesional iniciando actividad y quieres el tipo reducido 3 primeros años.
Si olvidas casilla 130 → no puedes facturar sin IVA a UE B2B. Si olvidas casilla 119 → pagas retención 15% aunque estés en los 3 primeros años.
Cómo presentar
- Sede AEAT online: certificado digital o Cl@ve PIN.
- Tu gestoría si la tienes desde el principio.
Coste: gratuito. Resolución: efectiva en el momento.
Paso 2: Alta en RETA (modelo TA.0521)
Inmediatamente después del alta censal, debes inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Datos clave
- Fecha de inicio: la misma que pusiste en el modelo 037.
- Base de cotización: depende del sistema vigente.
- Modalidad: jornada completa o parcial.
- Tarifa plana: marca si encaja.
Base de cotización 2026
Desde 2023 el sistema cambió a cotización por ingresos reales. Lo que vas a ganar (estimado) determina tu base. La TGSS regulariza al final del año contra ingresos reales.
Cuotas mensuales orientativas según ingresos netos previstos:
| Ingresos netos mes | Cuota |
|---|---|
| Menos de 670 € | unos 230 € |
| 670-900 € | unos 260 € |
| 900-1.166 € | unos 300 € |
| 1.166-1.300 € | unos 310 € |
| 1.300-1.500 € | unos 330 € |
| Más de 6.000 € | unos 590 € (tope) |
Importes orientativos a comprobar en sede oficial.
Tarifa plana
Si es tu primera alta o no has estado de alta en los últimos 2 años:
- Primer año: 80 €/mes.
- Año 2: 50% de la cuota correspondiente.
- Año 3: 30% en algunas comunidades autónomas.
Para acceder: marcar casilla específica del TA.0521.
Excepciones que descartan tarifa plana:
- Alta en los últimos 2 años aunque fuera 1 mes.
- Socio o administrador de sociedad mercantil.
- Régimen especial alternativo (autónomo colaborador, agrario, mar).
Cómo presentar
- Sede TGSS online: import@ss + certificado digital.
- Oficina TGSS presencial.
Coste: gratuito. Resolución: efectiva en el momento.
Paso 3 (opcional): Alta en ROI
Si vas a facturar a empresas UE B2B con NIF intracomunitario válido (VIES):
- Trámite: marcar casilla 130 del modelo 036/037.
- Plazo resolución: hasta 3 meses (silencio positivo si no responde).
- Durante el análisis NO puedes facturar sin IVA a UE.
Detalle: NIF intracomunitario y VIES.
Paso 4 (opcional): Otras obligaciones
Según tu actividad puedes necesitar:
- Licencia de apertura del Ayuntamiento si tienes local con público.
- Inspección de Trabajo: comunicación de apertura del centro si tienes empleados.
- Comunidad autónoma: algunas exigen registro adicional.
- Cuenta bancaria separada: no obligatoria por ley pero crítica para diferenciar gastos personales en inspección.
Errores típicos al darse de alta
Iniciar actividad antes del alta
Si emites facturas o cobras antes del alta censal/RETA, la AEAT sancionará y TGSS exigirá cotizar desde la fecha real de inicio + recargo. Da de alta ANTES del primer ingreso.
Olvidar el ROI
Si no marcas casilla 130 y luego facturas sin IVA a UE B2B, la AEAT te reclamará el IVA + intereses. Lo descubrirás en cruce con modelo 349. Mejor pedirlo desde el principio.
Elegir mal el epígrafe IAE
Cambiar después es posible pero burocrático. Investiga bien el primer epígrafe. Si dudas entre dos, marca el más amplio.
Asumir que tarifa plana es automática
NO es automática. Debes marcar la casilla específica del TA.0521. Si te olvidas y empiezas a pagar cuota plena, recuperarla después es muy difícil.
Activar modelo 130 sin necesidad
Si tus ingresos serán 100% de empresas (B2B) con retención del 15%, puedes pedir exención del modelo 130 en el alta. Si no lo pides desde el inicio, tendrás que presentarlo trimestral aunque salga a cero.
Tras el alta: primeros pasos
- Solicita certificado digital persona física (FNMT) o usa Cl@ve.
- Crea cuenta bancaria separada para la actividad.
- Configura tu software de facturación: VeriFactu obligatorio desde 1 enero 2026 para autónomos en estimación directa.
- Emite tu primera factura: con tu NIF, datos del cliente, IVA y retención IRPF si aplica.
- Reserva fechas trimestrales:
- 1-20 abril: modelo 130 + 303 del 1T
- 1-20 julio: 2T
- 1-20 octubre: 3T
- 1-30 enero: 4T + modelo 390 anual
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta solo para una factura puntual?
Sí, pero asume el coste fijo: cuota RETA mes completo (unos 230 €). Si la factura puntual es menor que 230 € no compensa.
¿Puedo ser autónomo siendo empleado por cuenta ajena?
Sí, es pluriactividad. Tienes alta en RETA + Régimen General simultáneamente. Hay bonificaciones específicas.
¿Cuánto tarda en estar todo activo?
Trámites online: minutos. Mismo día puedes empezar a facturar. ROI puede tardar hasta 3 meses.
¿Tu situación tiene matices (pluriactividad, autónomo societario, no residente)? Un asesor fiscal vale lo que cobra. El contenido aquí es informativo y no sustituye asesoramiento profesional.
¿Más fiscalidad?